Anuario de mediación y solución de conflictos
Último número: Anuario de mediación y solución de conflictos 11/2024
- ISSN: 2340-9681
- EISSN: 2695-7248
- Fecha de inicio: Ene. 1, 2014
- Periodicidad: Anual
- País: España
- Idioma: español (castellano)
- Dirige: García Villaluenga, Leticia Vázquez de Castro, Eduardo
- Editorial: Editorial Reus
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Materias:
- Mediación
Anuario de mediación y solución de conflictos
Último número: Anuario de mediación y solución de conflictos 11/2024
El ANUARIO DE MEDIACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS es una publicación abierta e interdisciplinar sobre los métodos no jurisdiccionales de solución de controversias, con proceso anónimo de revisión por pares.
El Anuario examina la aplicación de las teorías de gestión del conflicto y proporciona conocimientos sobre la práctica de dichos métodos desde una aproximación interdisciplinar, realista y científica. Su principal objetivo es divulgar trabajos rigurosos en materia de mediación, negociación, transacción, arbitraje... que sean originales, así como los avances y resultados de estudios e investigaciones producidos en las distintas áreas del Derecho, la Psicología, el Trabajo Social, la Sociología, la Economía... y otras ramas del saber científico, a fin de ofrecer una visión integral teórico-práctica de la materia.
Editado por EDITORIAL REUS en Madrid, el Anuario contiene contribuciones de especialistas en mediación y en otros métodos alternativos de gestión del conflicto, dirigidas tanto a un público no especializado, como a expertos del mundo académico y práctico.
Esta revista indexa en: Latindex V. 1.0, Indices-CSIC, Dialnet, Dulcinea, Miar, Rebiuny Google académico.
Premio AMMI 2015: Mejor publicación del año en Mediación.
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Números
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Normas para originales
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Consejo de redacción
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Comité científico
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Evaluadores externos
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Código ético
1. Envío de trabajos.
Los originales deben enviarse por correo electrónico, en formato Microsoft Word en cualquiera de sus versiones para PC, y deberá hacerse llegar a la dirección: anuariomediacion@gmail.com, mediante fichero adjunto elaborado en el formato descrito, indicando «TRABAJO PARA EL ANUARIO DE MEDIACIÓN».
Para enviar los trabajos, es preciso indicar el nombre completo, la afiliación institucional del autor y todos los datos de contacto, incluyendo el número de teléfono y dirección de correo electrónico, en una página separada del trabajo que se remite. Los agradecimientos también deben incluirse en esta cubierta.
Los artículos no podrán exceder las 8.000 palabras (incluyendo notas), las críticas de libros, comentarios y entrevistas no deberán sobrepasar las 1.500 palabras. Por último, las crónicas de actividades y reseñas de libros no podrán superar las 1.000 palabras. Los tres tipos de escrito han de presentarse en fuente Times New Roman de 14 puntos a espacio y medio.
Las referencias bibliográficas a obras ajenas dejarán constancia, cuando menos, del autor y título de las obras citadas, así como del lugar y año de su publicación.
2. Encabezamiento.
Todos los artículos deberán incluir como encabezamiento: título en español e inglés, aunque excepcionalmente se admitirá otro idioma siempre con su traducción al español (centrado, en mayúsculas y negrita); nombre y apellidos del autor/a (debajo del título centrado, en minúscula, normal); universidad o institución a la que pertenece el/la autor/a (debajo del nombre del autor/a en minúscula, normal). Además, deben incluir, en español e inglés, (excepcionalmente se admitirá en otro idioma junto a la traducción española), un índice, un resumen de unas 10 líneas como máximo (150 palabras como máximo) y 5 palabras clave.
Los comentarios deben describir brevemente la novedad, originalidad o interés del objeto del comentarios del siguiente modo: Identificación exacta del objeto del comentario (jurisprudencia, legislación, prácticas, proyectos, etc.) con datos que faciliten su localización o búsqueda (Título, fecha, referencia en boletines oficiales o bases de datos…), un resumen de unas 10 líneas como máximo (150 palabras como máximo) y 5 palabras clave.
Las entrevistas deben describir brevemente la novedad, originalidad o interés del tema o de la personalidad entrevistada del siguiente modo: Identificación y semblanza del entrevistado, un resumen de unas 10 líneas como máximo (150 palabras como máximo) y 5 palabras clave.
Las críticas de libros y reseñas deben describir brevemente la obra reseñada del siguiente modo: AUTOR, título, lugar, editorial, año, número de páginas.
Las crónicas de actividades deben describir brevemente el acto celebrado del siguiente modo: Título, lugar, personas o instituciones organizadoras, fechas de celebración o duración, programa y sinopsis.
Si el artículo o la nota contienen cuadros, tablas, gráficos o diagramas se compondrán con la opción específica del procesador de texto empleado, y se insertará como imagen. Si se opta por el procesador de texto se respetarán los espacios empleando la tecla de tabulación. No emplear para ello la barra espaciadora. Los subtítulos (en minúscula y negrita) deben enumerarse, alineados a la izquierda y separados del párrafo anterior por un retorno de un espacio. Los párrafos no deben espaciarse y no deben ir sangrados. Puesto que los textos serán manejados con programas de maquetación para su impresión, es preferible que incluyan el menor número posible de códigos de formato.
3. Breve currículum perfilando al autor.
En todos los casos los autores deberán adjuntar una breve nota biográfica (de no más de 100 palabras) que incluya: institución a la que pertenece, cargo actual, títulos académicos con el nombre de la institución que los confirió, principales publicaciones, principales áreas de trabajo y de investigación, dirección postal y de correo electrónico.
4. Sistema de citas.
Se admite tanto el sistema tradicional de citas bibliográficas como el sistema abreviado y el sistema Harvard-APA.
a) Sistema tradicional: citas bibliográficas mediante notas a pie de página. En este caso no se incluye la bibliografía al final del artículo. Las notas incluirán, la primera vez, apellido e inicial del nombre del autor (minúscula normal), «Título de artículo» (entrecomillado y letra normal), Título de libro o revista (cursiva), inicial del nombre y apellido del compilador y título del libro (en cursiva) en el caso de obras colectivas, antecedido de la preposición en, editorial, ciudad de edición, año de publicación, indicación de volumen y número cuando de revistas se trate, y el número de la página (p. ) o páginas (pp.) citadas.
Posteriormente es suficiente indicar el autor, el título, ed. cit. y las páginas referidas. En caso de que no se cite sino una obra, se colocará simplemente Op. Cit. y la página o páginas correspondientes. Se utiliza Ibídem para una obra ya citada en la nota inmediatamente anterior. Todos los datos han de ir separados por comas. En caso de que la nota de pie de página no aluda a una cita textual, la referencia bibliográfica ha de ir antecedida por Cfr..
b) Sistema abreviado: las referencias bibliográficas se incorporan a pié de página o en el cuerpo del texto y remiten a una bibliografía al final del artículo. Las citas deben contener: autor, año de aparición de la obra y número de la página; por ejemplo, van Fraassen (1980), p. 6. Al final del artículo se incluirá una lista con las citas completas de todas las obras mencionadas bajo el título Referencias Bibliográficas (centrado, en minúsculas y negrita), ordenadas alfabéticamente, adecuándose a los siguientes ejemplos:
- Kuhn, T. S. (1962, 1970): The structure of scientific revolutions, Chicago, University of Chicago Press.
- Quine, W. van O. (1976): «Worlds Away», Journal of Philosophy, 73, pp. 859-63.
- Mosterín, J. (2004): «El mundo de la cultura y el conocimiento en Popper», en A. Rivadulla (ed.), Hipótesis y verdad en ciencia. Ensayos sobre la filosofía de Kart R. Popper, Madrid, Editorial Complutense, S. A., pp. 15-30.
Si se citan varias obras del mismo autor y año, se ordenarán alfabéticamente con letra minúscula; por ejemplo: Foucault, M. (1969ª) «Qu’est-ce qu’un auteur?», Bulletin de la Societé française de Philosophie 63, pp. 73-104, y Foucault, M. (1969b) L’archéologie du savoir, Paris, Gallimard.
c) Sistema Harvard-APA: El estilo Harvard-APA presenta las citas siempre dentro del texto del trabajo, utilizando el apellido del autor, la fecha de publicación y la página citada entre paréntesis. Este sistema no requiere utilizar las citas a pie de página. Debe incluirse siempre las referencias bibliográficas en un listado completo al final del trabajo.
El sistema funciona de la siguiente manera:
- Williams (1995, p. 45) sostuvo que «al comparar los desórdenes de la personalidad se debe tener en cuenta la edad del paciente».
O bien:
- Un autor sostuvo que «al comparar los desórdenes de la personalidad se debe tener en cuenta la edad del paciente» (Williams, 1995, p. 45).
Cuando la cita es indirecta (es decir, que se menciona la idea del autor pero no se cita textualmente), no se coloca la página de la referencia. Se hace de la siguiente manera:
- Es oportuno considerar la edad de los pacientes al estudiar los desórdenes de la personalidad (Williams, 1995).
Cuando un autor tiene más de una publicación en el mismo año, se acompaña el año de la publicación con una letra minúscula usando sucesivamente por orden alfabético. Por ejemplo:
- En dos estudios recientes (Harding, 1986a, p. 80; 1986b, p. 138) se sugirió que…
Forma de presentar la bibliografía al final del trabajo.
El listado de referencias debe ordenarse alfabéticamente por el apellido del autor. El formato APA-Harvard requiere que los títulos de libros, revistas, enciclopedias, diarios, etc. sean destacados utilizando tipografía itálica (conocida también como cursiva).
Las referencias bibliográficas se presentan de la siguiente manera:
- Apellidos Autor, iniciales (año). Título del libro. Lugar de la publicación: Editor.
[Este resumen ha sido elaborado según el Manual de la Publicación de la American Phsycological Association (APA), 5to ed., 2001].
Cuando se cite una resolución judicial, se debe indicar la denominación del Tribunal que la ha dictado, la fecha y los datos completos de identificación del repertorio del que se ha extraído la resolución.
5. Evaluadores.
Todos los originales serán evaluados por un par académico anónimo que desconocerá la identidad del autor (el arbitraje es «doble ciego»). Son criterios excluyentes para la admisión de los trabajos: 1º el tema no corresponde al campo científico cultivado por la revista; 2º el escrito excede la extensión establecida; 3º no emplea el tipo de citas propuesto; 4º no enviar el escrito en el soporte requerido. El Comité de Redacción decidirá, basándose en los informes respectivos, la conveniencia de publicar los escritos recibidos. En caso de decidir la publicación se informará al autor si la publicación se acepta en su integridad o condicionada a modificaciones. En el caso de admitirse la publicación con modificaciones, éstas deberán hacerse por el autor siguiendo las indicaciones de los evaluadores. En un tiempo no superior a tres meses después de la recepción del original, el Director informará al autor sobre la decisión final y, en caso de que esta sea favorable, la fecha previsible de publicación. De ser necesario, se podrá solicitar al autor una versión definitiva del escrito.
6. Cesión de trabajos y originalidad.
Sólo se admitirán para su publicación trabajos originales e inéditos. Los autores autorizan la publicación del texto completo en los sitios de internet y en las bases de datos en donde la revista aparece con texto completo. La cesión de los trabajos para su publicación en la revista implica que la revista se reserva todos los derechos sobre la obra (Copyright). El autor no podrá publicar la obra con posterioridad sin permiso expreso de la revista y, en caso de obtenerse, deberá indicarse la referencia a la revista como publicación original.
7. Ejemplares y separatas.
Los autores de los artículos recibirán un ejemplar, así como los autores de las crónicas, entrevistas, críticas de libros y de las reseñas. Todos los autores recibirán usuario y claves para acceder al contenido íntegro de sus obras en la publicación digital.
Ramón Alzate Saez de Heredia: Catedrático de Análisis y Resolución de Conflictos (Facultad de Psicología). Universidad del País Vasco.
Nuria Belloso Martín: Catedrática habilitada de Filosofía del Derecho. Universidad de Burgos.
Ignacio Bolaños Cartujo: Profesor Contratado en el Departamento de Psicología Clínica de la Universidad Complutense de Madrid.
Raquel Castillejo Manzanares: Catedrática de Derecho Procesal, Universidad de Santiago de Compostela.
Juan Ramón de Páramo Arguelles: Catedrático de Filosofía del Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales del campus de Ciudad Real de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM). Director del Instituto de Resolución de Conflictos (UCLM).
Francisca Fariña Rivero: Catedrática de Psicología de la Universidad de Vigo.
Carmen Fernández Canales: Profesora contratado Doctor de la Universidad de Cantabria.
Leticia García Villaluenga: Profesora Titular de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid. Directora del Grupo de investigación “Sistemas cooperativos de gestión de conflictos en el s. XXI” de la UCM. Presidenta de la CUEMYC.
Carlos Giménez Romero: Catedrático de Antropología de la Universidad Autónoma de Madrid. Director del Programa «Migración y Multiculturalidad» de dicha Universidad.
Francisco Javier Orduña Moreno: Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Valencia. Actualmente es Magistrado del Tribunal Supremo-Sala Primera.
Javier Plaza Penadés: Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Valencia.
Carlos Rogel Vide: Catedrático de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid.
Manuel Rosales Álamo: profesor de Psicología de la Universidad de la Laguna.
Eduardo Vázquez de Castro: Profesor titular de Derecho Civil de la Universidad de Cantabria. Director de la Cátedra Derecho e Innovación de la Universidad de Cantabria.
Arturo Almansa López: Abogado, Presidente de la Asociación Española de Mediación Interdisciplinar.
Helena Almeida: Profesora de la Universidad de Coimbra (Portugal) desde 1976.
Dale Bagshaw: Profesora adjunta en la Universidad de Australia del Sur (UniSA).
Silvia Barona Vilar: Catedrática de Derecho Procesal de la Universitat de Valencia.
Trinidad Bernal Samper: Doctora en Psicología. Presidenta de la Asociación Estatal de mediadores.
José Francisco Campos Vidal: Profesor Titular de Universidad de la Universidad de las Islas Baleares.
Paloma del Hoyo Alonso-Martínez: Historiadora. Mediadora, coordinadora del curso de Especialista en Mediación, título propio de la UCM.
Silvia Díaz Alabart: Catedrática de Derecho civil de la Universidad Complutense de Madrid.
Francisco Javier Domínguez Alonso: Profesor Titular de Trabajo Social de la Universidad de Alicante y Co-director del Máster de «Mediación e intervención social en conflictos».
Antonietta Foddai: Professore Associato de Filosofía del Derecho, Directora del «Centro Universitario de Mediación» de la Universidad de Sassari.
Jacqueline N. Font-Guzman: Directora y Catedrática Asociada de Conflictología en el Werner Institute, Escuela de Derecho de Creighton University en Omaha, Nebraska.
Elena García Cima De Esteve: Profesora de grado y postgrado, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba (Argentina).
Mª Paz García-Longoria Serrano: Licenciada en Psicología por la UCM. Doctora en Psicología por la Universidad de Murcia. Profesora Titular en el departamento de sociología y política social.
Julio González García: Catedrático de Derecho administrativo en la Universidad Complutense de Madrid.
Nuria González Martín: Doctora en Derecho por la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, España. Investigadora Titular «C» del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Elena Lauroba: Profesora titular de derecho civil de la UB.
Rocío López San Luis: Titular de Derecho civil en la Universidad de Almería y Experta en Mediación Familiar y Orientación Familiar.
Agustín Luna Serrano: Catedrático de Derecho civil en la Universidad de Santiago de Compostela y luego en Barcelona, hasta su jubilación, y posteriormente profesor emérito de Teoría del Derecho en la Universidad Ramón Llull.
Costanza Marzotto: Psicóloga y Mediadora Familiar en el «Servicio de Clínica y Psicología de la Pareja y la Familia» de la Universidad Católica de Milán.
Lorenzo Mezzasoma: Catedrático de Derecho Civil en la Universidad de Perugia. Doctor Europeo por la Universidad autónoma de Barcelona. Miembro/presidente de arbitraje en el sector civil y miembro de Comités científicos/académicos de numerosas revistas.
Jasone Mondragón Lasagabaster: Profesora Titular de Escuela Universitaria del Área de Conocimiento de Psicología Social en la Universidad de Alicante (UA), y directora del Master en Mediación e Intervención Social en Conflictos, título propio de la UA.
Pilar Morad: Directora del grupo de investigación estudios de familia masculinidades y feminidades, COLCIENCIAS.
Alejandro Nató: Abogado (UBA) mediador, especialista en conflictos públicos. Máster en Resolución de Conflictos y Mediación, y Máster en PNL.
Jessica Notini: Directora de «Notini Mediation & Facilitation Services», Senior Consultor con Accordence, Accordence, Integrated Management Associates and Lax & Sebenius Negotiation Services. Profesor adjunto de la negociación y mediación para Stanford, Boalt and Hastings law schools and the Mills business school.
Gloria Novel Martí: Mediadora especialista en organizaciones. Doctora en Mediación (UCM). Profesora Titular de Universidad y Directora del Observatorio de Mediación de la Universidad de Barcelona.
Guillermo Orozco Pardo: Catedrático de Derecho Civil. Presidente de la Junta Arbitral de Consumo de Granada.
Pascual Ortuño Muñoz: Magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona.
Lisa Parkinson: M.A. Universidad de Oxford, cualificada trabajadora social y mediadora de familia desde 1978.
Carlo Pilia: profesor associato de Derecho Civil, de la Universidad de Cagliari (Italia). Miembro de FIMEP, CUEMIC, CEMAJUR Internacional y de la Federación Europea de Mediadores.
Gemma Pons García: Abogada. Mediadora. Master en Gestión y Resolución de Conflictos: Mediación de Les Heures, Fundación Bosch y Gimpera —Universidad de Barcelona—.
Mª Eugenia Ramos Pérez: Licenciada en Derecho. Máster en Mediación y Gestión de Conflictos.
Aleix Ripol Millet: Licenciado en Filosofía y Letras, Teología y Doctor en Psicología por la Universidad de Barcelona. Responsable del programa de Familia e Infancia del Ayuntamiento de Barcelona durante 15 años. Fundador del Servicio de Mediación Familiar de Barcelona en INTRESS.
Hélder Risler de Oliveira: Profesor Titular en la Universidad de Luterana del Brasil – Facultad de Derecho, Mediador de Conflictos, Coordinador Técnico Legislativo del Gobierno del Estado de Rondonia (Brasil).
Carmen Sánchez Hernández: Profesora Titular de Derecho Civil UMA y coordinadora del Máster Oficial en Mediación UMA.
Juan Sánchez-Calero Guilarte: Catedrático de Derecho mercantil en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid.
(†) Hannes Unberath: Profesor de Derecho de la Universidad de Bayreuth.
Gema Vallejo Pérez: Abogada. Presidenta de la Asociación de Mediadores de León AMELE.
Carlos Villagrasa Alcaide: Profesor Titular de Derecho Civil de la Universitad de Barcelona. Director del Master en Derecho de Familia e Infancia de la Universidad de Barcelona. Director del Master en Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona.
Eduard Vinyamata Camp: Doctor en Ciencias Sociales y Profesor de Conflictología. Director académico de los másters universitarios de Conflictología (IIP-UOC).
Isabel Viola Demestre: Doctora en Derecho (2000), y Máster en Gestión y Resolución de Conflictos: Mediación (2002), es Profesora Titular de Derecho civil en la Universidad de Barcelona
Javier Alés Siolí: Profesor Titular E.U. Universidad Pablo de Olavide de Sevilla; Director del Master y Especialista en Mediación de la UPO.
Jorge Bolaños Carmona: Doctor en Matemáticas, Profesor Titular del Departamento de Estadística e Investigación Operativa e investigador y secretario del Instituto de la Paz y los Conflictos de la Universidad de Granada.
Josefa Cardona Cardona: Profesora Titular de Escuela Universitaria de la Universidad de las Islas Baleares, Diplomada en Trabajo Social, Licenciada y Doctora en Psicología y Especialista en Mediación por la UCM.
Humberto Dalla Bernardina de Pinho: Fiscal en Río de Janeiro y profesor en la Universidad de Río de Janeiro.
Francisco Javier Dávila González: Doctor en Derecho, Universidad de Salamanca. Profesor Titular de Universidad de Salamanca.
Javier Díaz Lopez: Doctor en Sociología por la Universidad Complutense de Madrid y Profesor Titular de Escuela Universitaria de la Universidad de Cantabria.
Sara Díez Riaza: Profesora Agregada de Derecho Procesal de la Universidad Pontificia Comillas de Madrid. Coordinadora del Área de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho.
Margarita Rosa Estrella Silva: Doctora en Jurisprudencia y Abogada de la Pontificia Universidad Católica de Ecuador. Con un Diplomado Superior en Mediación de la Universidad Central del Ecuador.
Margarita Fernández Cabós: Abogada, Máster en Mediación y Gestión de Conflictos por la Universidad de Cantabria, Tesorera de la Asociación de Derecho Colaborativo de Cantabria (ADCC).
Jaime Ferri Durá: Doctor por la Universidad Complutense de Madrid, es Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología, y Especialista en Mediación por la UCM.
Margarita Fuente Noriega: Doctora en Derecho, Profesora Titular de Derecho Civil del Departamento de Derecho Privado y de la Empresa de la Universidad de Oviedo.
Antonio Fulleda: Magistrado, vicepresidente del tribunal de gran instancia de Carcassonne (Francia), presidente de la jurisdicción de aplicación de las penas. Presidente de la asociación de acceso al derecho (ABAD).
Eloy Gómez Pellón: Licenciado en Derecho por la UNED, licenciado en Filosofía y Letras por la Universidad de Oviedo y Doctor en Filosofía y Letras por la Universidad de Oviedo.
Yamila González Ferrer: Licenciada en Ciencias Jurídicas y Máster en Sexualidad. Profesora asistente de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana. Coordinadora y profesora de la asignatura opcional Género y Derecho. Mediadora familiar.
Ania Granjo Ortiz: Profesora de Derecho Internacional Público de la Universidad de Valencia con la de Magistrada suplente en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Miembro de la Speaker’s Academy de Barcelona sobre temas Internacionales, Diplomacia, Derecho de Familia y Empresa Familiar.
Juan Pablo Isaza Gutiérrez: Profesor e Investigador, División de Derecho, Ciencia Política y Relaciones Internacionales en la Universidad del Norte, Colombia.
Antonio M. Lozano Martín: Licenciado en Filosofía y ciencias de la educación (Universidad de Granada). Doctor en sociología (Universidad de Granada). Máster en mediación familiar y social (Universidad de Granada). Profesor del departamento de sociología (Universidad de Granada).
Santiago Madrid Liras: Psicólogo-psicoterapeuta y mediador. Director del Curso de «Especialista en Mediación y Resolución de Conflictos» del Colegio Oficial de Psicólogos (COP) de Madrid. Director y fundador de «Revista de Mediación».
Sonia Martín Santisteban: Profesora Titular de Derecho Civil de la Universidad de Cantabria, Directora del Máster de Acceso al Ejercicio de la Profesión de Abogado por la Universidad de Cantabria.
María Aránzazu Moretón Toquero: Doctora en Derecho por la Universidad de Valladolid y Experto Universitario en Mediación Familiar por la Universidad Pontificia de Salamanca.
Elena Nadal Sánchez: Mediadora. Profesora Asociada, Facultad de Ciencias Políticas, Universidad Complutense de Madrid. Acreditada como Profesora Contratada Doctora por la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León.
Miguel Ángel Osma Cortés: Psicólogo clínico, especialista en psicoterapia EuroPsy, mediador familiar del Servicio Público de Mediación Familiar del Gobierno Vasco.
Dana Potockova: Ph. D. Ha desarrollado programas de mediación y de resolución de conflictos durante más de 12 años como educador, entrenador y colaborador en proyectos sobre mediación en la República Checa, los Estados Unidos y Europa.
María Concepción Rayón Ballesteros: Profesora de la Universidad Complutense de Madrid. Abogada en Llorente y Rayón abogados y asesores patrimoniales. Doctora en Derecho Procesal. Licenciada en Ciencias Políticas y de la Administración. Profesora en diversos Máster de Mediación en varias Universidades.
María Amparo Renedo Arenal: Profesora Contratado Doctor de Derecho Procesal de la Universidad de Cantabria. Vicedecana de Planes y Posgrado de la Facultad de Derecho (2009-2012). Coordinadora del Master en Fundamentos y Principios del Sistema Jurídico de la Facultad de Derecho (2009-2015).
Lourdes Renedo Gómez: Abogada, Máster en Mediación y Gestión de Conflictos por la Universidad de Cantabria, Vicepresidenta de la Asociación de Derecho Colaborativo de Cantabria (ADCC).
María Gabriela Rodríguez Querejazu: Pedagoga, mediadora, especialista en gestión de conflictos comunitarios, facilitadora de Procesos de Diálogo y Construcción de Consenso, profesora universitaria, formadora de formadores, Master en Programación Neurolingüística y Coach Ontológico.
María José Ruiz García: Doctora en Derecho por la Universidad de Huelva, Abogada, Mediadora, Profesora de Derecho Civil en la Facultad de Derecho de la Universidad de Huelva.
Antonio José Sastre Peláez: Licenciado en derecho por la Universidad de Valladolid. Abogado con 28 años de ejercicio. Especialista Universitario en Mediación Familiar por la Universidad Pontificia de Salamanca (1999).
Myriam Janneth Silva Pabón: Abogada. Conciliadora en Derecho de la Cámara de Comercio de Bogotá. Especialista en Derecho Comercial.
Mónica Tanus Paixão: Servidora pública, coordinadora de la asesoría jurídica de la Presidencia del Tribunal de Justicia del Distrito Federal, doctoranda en Derecho Público por la UEX (España).
Luz Estela Tobón Berrio: Ph. D. Profesora investigadora. Programa de Derecho, Coordinadora académica. Especialización en Derecho Civil y de Familia. Coordinadora de la Colección Editorial División de Derecho, Ciencia Política y Relaciones Internacionales. Universidad del Norte, Colombia
José Antonio Trugeda Carrera: Abogado, Máster en Mediación y Gestión de Conflictos por la Universidad de Cantabria, Presidente de la Asociación de Derecho Colaborativo de Cantabria (ADCC).
Elena Urso: Investigadora de Derecho Privado Comparado (DPC) en la Universidad de Florencia (UF).
Inmaculada Vázquez Flaquer: Abogado en ejercicio, y Especialista en derecho civil y de familia, Mediadora y Administradora de Fincas, Presidenta de la Federación Estatal de Asociaciones de Profesionales de la Mediación.
Juan Carlos Vezzulla: Psicólogo, Master en Servicio Social, Doctorando en Derecho y Sociología. Cofundador y Presidente Científico de los Institutos de Mediación y Arbitraje del Brasil (IMAB) y de Portugal (IMAP).
Aura Esther Vilalta Nicuesa: Profesora Agregada de Derecho Civil de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) y docente colaboradora de la Universidad de Lleida (EURL) y la Universidad Ramón Llull (ESADE).
Eva Vilar Cortabitarte: Abogada, profesora asociada de Derecho Civil de la Universidad de Cantabria, experta en mediación familiar.
Javier Wilhelm: Psicólogo y Mediador. Director del Postgrado en Mediación Profesional de la Universidad Pompeu Fabra. Director de Mediación y Convivencia.
La revista Anuario de Mediación y Solución de Conflictos cuenta con un código de buenas prácticas dirigido a las partes implicadas en la gestión y publicación, tales como, equipos editoriales, autores y revisores de trabajos. El código de buenas prácticas de la revista sigue los criterios establecidos en la guía realizada por el CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas), agencia estatal del Gobierno de España para la investigación científica y el desarrollo tecnológico, disponible en el siguiente enlace para ampliar información: http://revistas.csic.es/public/guia_buenas_practicas_CSIC.pdf
El Equipo Editorial asegura la calidad de la publicación, del proceso de selección de originales y del contenido de los mismos. Con este ánimo, se propone ser imparcial, respetando la independencia intelectual de las autoras y autores, quienes tendrán derecho de réplica en caso de ser evaluados negativamente. Respetará la confidencialidad en el trato de los textos y su contenido, y velará porque la revisión de los trabajos sea realizada bajo un proceso justo e imparcial. La Dirección de la revista es responsable de que se apliquen las normas que regulan el Consejo Editorial.
Criterios sobre la originalidad de los trabajos
Los autores deben ceñirse a los criterios y normas de publicación establecidos por la revista. Los textos presentados han de ser fruto de una investigación original e inédita, debiendo los autores asegurar que los datos y resultados expuestos son trabajos originales y no han sido manipulados. Quien figure como responsable del artículo ante la revista, en el caso de autoría múltiple, debe garantizar el reconocimiento de quienes hayan contribuido significativamente en la concepción, planificación, diseño, ejecución, obtención de datos, interpretación y discusión de los resultados del trabajo. Cuando un autor o autora descubre un error grave en su trabajo, tiene la obligación de comunicarlo a la revista lo antes posible, para modificar su artículo, retirarlo, retractarse o publicar una corrección o fe de erratas.
Por último, quien realice una evaluación de un artículo, debe considerar el trabajo que ha de revisar como un documento confidencial hasta su publicación, tanto en el transcurso del proceso de revisión como después de éste. Debe juzgar objetivamente la calidad del trabajo completo. Además, debe actuar con celeridad y ha de entregar su informe en el tiempo acordado, por lo que notificará a la Dirección los posibles retrasos.
La no realización de una evaluación o el retraso en su entrega, cuando se produzcan en dos ocasiones, generarán que el evaluador que no ha cumplido o no lo ha hecho en plazo, quede excluido del elenco de evaluadores externos. Cuando un artículo reciba una evaluación positiva y otra negativa, se acudirá al criterio de un tercer evaluador, que será decisivo para determinar bien la aceptación del artículo o bien su rechazo.
Buenas prácticas editoriales en igualdad de género.
El compromiso de la Revista de mediación y solución de conflictos se considera un requisito inexcusable para garantizar el cumplimiento de los objetivos de igualdad y es liderado y asumido explícitamente por la dirección, formalizando este compromiso mediante la adhesión y observancia de la Guía de Buenas Prácticas en Materia de igualdad entre mujeres y hombres que recoge este objetivo como básico y al mismo nivel que cualquier otro: https://www.mscbs.gob.es/novedades/docs/GuiaBBPPIgualdad.pdf .